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Seguridad AlimentariaSENASICA

NOM-002-SAG/FITO-2020

Requisitos fitosanitarios para la importación de granos y semillas

Esta norma establece los requisitos fitosanitarios que deben cumplir los granos y semillas importados a México para prevenir la introducción de plagas y enfermedades que puedan afectar la producción agrícola nacional. Aplica a productos como maíz, trigo, sorgo, arroz, frijol y semillas oleaginosas.

Última actualización: 2024-06-15

Productos aplicables

MaízTrigoSorgoArrozFrijolSemillas oleaginosasCebada

Capítulos arancelarios relacionados

Capítulo 10Capítulo 12

Requisitos

  • Certificado fitosanitario del país de origen
  • Inspección en punto de entrada por personal de SENASICA
  • Cumplimiento de límites máximos de residuos de plaguicidas
  • Ausencia de plagas cuarentenarias listadas por SENASICA
  • Documentación de trazabilidad del lote importado

Pasos de cumplimiento

1

Obtener certificado fitosanitario

Solicitar al organismo de protección vegetal del país exportador el certificado fitosanitario que acredite el cumplimiento de las condiciones sanitarias.

2

Solicitar permiso de importación

Tramitar ante SENASICA el permiso fitosanitario de importación a través de la Ventanilla Digital Mexicana de Comercio Exterior (VUCEM).

3

Presentar documentación en aduana

Entregar el certificado fitosanitario, permiso de importación y factura comercial al agente aduanal para el despacho.

4

Inspección en punto de entrada

El personal de SENASICA realizará la inspección física y documental del embarque en el punto de entrada.

5

Liberación o retención

Si cumple, se emite el dictamen de liberación. Si no cumple, el embarque puede ser retenido, tratado o retornado.

Sanciones por incumplimiento

El incumplimiento puede resultar en retención del embarque, tratamiento cuarentenario obligatorio, retorno al país de origen, o destrucción del producto. Las multas van de 1,000 a 75,000 UMA según la gravedad de la infracción.

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