Capítulo 10
El capítulo 10 abarca cereales como trigo, maíz, arroz, cebada, avena, centeno y sorgo. México es uno de los mayores importadores mundiales de maíz amarillo y trigo, principalmente de EE.UU. El maíz blanco tiene protecciones especiales por ser la base de la alimentación mexicana. Los cereales están sujetos a cuotas arancelarias y regulaciones fitosanitarias.
0–20%
Las tasas reales dependen de la fracción arancelaria específica, el país de origen y los tratados comerciales aplicables (T-MEC, TLCUEM, CPTPP, etc.).
El maíz transgénico tiene restricciones para consumo humano bajo decreto presidencial. Los cereales requieren certificado fitosanitario y verificación de ausencia de plagas de almacén. Las cuotas de importación de maíz y trigo se administran bajo T-MEC. La cebada maltera tiene arancel reducido por demanda de la industria cervecera.